Inscritos en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas del Banco de España desde el 14 de febrero de 2024, cumpliendo con la Ley 5/2019, de 15 de marzo, que regula los contratos de crédito inmobiliario (LCCI).
Dentro del marco de esta ley, tenemos la autorización para:
- Conectar, directa o indirectamente, a personas físicas con prestamistas, y presentar u ofrecer a los prestatarios los contratos de préstamo mencionados en el artículo 2.1, letras a) y b) de la Ley 5/2019 (actividad del art. 4.5 letra a) de la Ley 5/2019).
- Conectar, directa o indirectamente, a personas físicas con prestamistas, y asistir a los prestatarios en los trámites previos u otras gestiones precontractuales relacionadas con los contratos de préstamo indicados en el artículo 2.1, letras a) y b) de la Ley 5/2019 (actividad del art. 4.5 letra b) de la Ley 5/2019).
- Conectar, directa o indirectamente, a personas físicas con prestamistas, y celebrar los contratos de préstamo mencionados en el artículo 2.1, letras a) y b) de la Ley 5/2019 en nombre del prestamista (actividad del art. 4.5 letra c) de la Ley 5/2019).
- Ofrecer servicios de asesoramiento (actividad del art. 4.20 de la Ley 5/2019).
El Banco de España ofrece a los consumidores y usuarios un servicio de información y consulta sobre el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas, disponible en el siguiente enlace: Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas del Banco de España.